martes, 14 de octubre de 2014

Enseñando economía a los que no saben nada de economía.



Las viviendas llamadas sociales, que son la mayoría de la viviendas en las existencias de viviendas, que son las que se hacen con recursos sociales que se acumulan en los institutos de vivienda en las jurisdicciones que fueran, y que además son las que cierran el derecho constitucional de cualquier ciudadano de acceso a la propiedad en forma general, no tienen que ser habilitadas en los circuitos especulativos como objetos de renta – venta o alquiler – porque de esa manera se desnaturalizan y además exacerban los equilibrios inestables en todo el sistema, lamentablemente en las ondas de mercantilizaciones se colocan y utilizan como bienes comunes que generan en los circuitos ineficiencias sociales que se corresponden con beneficios privados.

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